Sesión ordinaria del jueves 5 de febrero de 1903 presidencia del Alcalde señor Pedro Herouard / Municipalidad de San José de Surco
Tipo de material: Recurso continuoIdioma: Español Series Documentos OficialesDetalles de publicación: Lima: Municipalidad de San José de Surco, 1903Descripción: 5 p.; 34 cmTema(s):- Archivos municipales -- Perú -- San José de Surco. Municipalidad -- Siglo XIX
- Concejos municipales -- Barranco, Lima. (Perú: Distrito )-- Historia
- Obras públicas-- -Perú-- -San José de Surco-- -Siglo XIX
- Alumbrado público -- Perú -- San José de Surco. Municipalidad -- Historia
- Gestión de conflictos. -- Gobierno local
- A000376
Tipo de ítem | Biblioteca actual | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras | Reserva de ítems |
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Archivo histórico | Biblioteca Municipal Manuel Beingolea | A000376 (Navegar estantería(Abre debajo)) | Disponible | A000376 |
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Se aprobó la minuta del contrato con la Empresa del Gas de Chorrillos para el alumbrado público de la ciudad. -- 1. El alumbrado será por gas incandescente perfectamente purificado y tendrá un poder luminoso de veinte bujías. -- 2. El mínimo de luces que tomará el consejo para el alumbrado público y que suministrará la empresa es de ciento setenta. -- 3. El precio por cada farol que pagará el consejo a la Empresa es: Luces veinte bujías un sol ochenta centavos de plata al mes. -- 4. El concejo se reserva el derecho de elegir si los ciento setenta luces que están obligados por este contrato sean veinte, treinta, etc., a tomarlas en proporción que crea más conveniente durante los cinco años. -- 5. Todo los faroles serán numerados comenzando por el numero uno en adelante, quedando obligada a la empresa a proporcionar una copia del plano que demuestre la distribución. -- 6. La empresa suministrara gratis el alumbrado en los lugares siguientes: casa consistorial ocho luces, mercados dos luces, cuartel de policía y gobernación seis luces; escuela de varones dos luces; y glorieta nueva del parque una. -- 7. El concejo abonará el servicio de alumbrado por mensualidades vencidas. -- 8. La empresa se obliga a colocar los faroles que se le pidan. -- 9. Le permitirá a la Empresa sin remuneración que haga excavaciones en las calles para la colocación de sus cañerías, con la obligación de reponer el pavimento y dejarlo en el estado en que se encuentre. -- 10. La duración del presente contrato es por cinco años. -- 11. Cualquier interrupción o falta en el servicio de alumbrado será penada con las multas de reglamento. -- Acuerdo para construir los puentes de madera avenida Surco en mala condición. -- Rebaja sobre la pensión de puesto del mercado del sr. Nicanor Serna. -- Se denegó la solicitud de la Empresa Eléctrica de Sta. Rosa Ltda. para colocar postes en las calles donde están de la Empresa del Teléfono.